Corte invalida Ley de Educación en el municipio de Tingambato
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Por diversas irregularidades en el proceso legislativo de la ley, el máximo tribunal ordenó la invalidez en Tingambato
07:27 PM 06/10/2015
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el procedimiento legislativo por el cual se aprobó la Ley Estatal de Educación de Michoacán, decisión que solo tendrá efecto en el municipio de Tingambato.
En el municipio de Churintzio también se invalidó la ley la semana pasada
El pleno resolvió la controversia constitucional 34/2014 que promovió dicho municipio contra los poderes Legislativo y Ejecutivo estatales, por diversas irregularidades.
Tingambato demandó la invalidez del decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley de Educación de dicha entidad federativa, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 28 de febrero de 2014.
También cuestionó la validez del Artículo 227 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado e impugnó “la omisión del Congreso de la Unión de fijar los recursos, para que los municipios cumplan con la función social educativa”.
En la sesión de este día, el pleno consideró, por unanimidad, que el proceso legislativo que dio origen a la Ley de Educación de Michoacán estuvo plagado de irregularidades.
Sin embargo también estableció que por tratarse de una norma estatal impugnada por un municipio, esta declaratoria de invalidez sólo surtirá efectos en Tingambato.
La Corte resolvió además sobreseer la impugnación del Artículo 227 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del estado y la omisión del Congreso de la Unión de fijar los recursos para que los municipios cumplan con la función social educativa.
Ello debido a la falta de interés legítimo del municipio actor, al tratarse de cuestiones ajenas a su competencia, estableció el pleno del máximo tribunal del país en su sesión pública de este martes.
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