Atiende denuncia anónima Policía Forestal de la SSP
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En atención a una denuncia anónima relacionada al desarrollo de actividades de derribo clandestino de arbolado, elementos de la Secretaría de Seguridad Pública aseguraron diversas piezas de madera
02:46 PM 10/11/2013
Morelia, Mich., a 10 de noviembre 2013.- En atención a una denuncia anónima relacionada al desarrollo de actividades de derribo clandestino de arbolado, elementos de la Secretaría de Seguridad Pública aseguraron diversas piezas de madera de Pino, derribadas en zona no permitida para corte de árbol.
Esto se desprende como parte del recorrido de prevención y vigilancia que lleva a cabo el personal operativo de la Policía Forestal del Estado, en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en el marco del programa Cero tolerancia contra la tala y transporte ilegal de productos forestales maderables y no maderables.
En relación a los hechos, se hace de su conocimiento que estos acontecieron en la localidad Segundo Cuartel de Rondanilla, municipio de Angangueo, cuando se detectó y aseguró 57 piezas de madera en rollo cortas dimensiones de Pino, en estado físico verde y de corte reciente, los cual al ser medidos y cubicados arrojaron un volumen de 3.150 m3.
Cabe mencionar, que en revisión ocular por el área, los policías forestales observaron que los tocones resultantes del derribo carecen de la marca que define el legal derribo y aprovechamiento del arbolado.
Situación por la que se procedió a su aseguramiento y traslado, quedando precautoriamente depositado en corralón municipal de Aporo, quedando la presente acta circunstancial PFE/RO/0101/2013 y el producto forestal maderable a disposición del personal de la Profepa, quien a través de su Departamento Jurídico definirá la situación legal procedente.
Ante la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Congreso del Estado declara insubsistente el Acuerdo 29 y los actos legislativos que le dieron origen.
Dicha iniciativa, contempla una reforma al artículo 10 de la Ley de los Jóvenes de Michoacán, en donde se prevé la eliminación al límite inferior de 25 años sustituyéndolo por un criterio más justo y coherente.