A partir de la reforma electoral de 2014, el Consejo General del INE es la cabeza del sistema nacional electoral, que se constituye como un sistema de distribución de competencias para buscar sinergias en la organización de las elecciones federales y
locales.
En ese sistema, le corresponde por mandato constitucional, al ConsejoGeneral del INE
nombrar y remover, si fuere el caso, a las consejerías que integran los genéricamente
llamadosOrganismosPúblicosLocalesElectorales,queenel casoquenosocupa,tiene
elnombrepropiode InstitutoElectoraldeMichoacán(IEM).
LaLeyGeneral de Instituciones yProcedimientosElectorales, ensuartículo102,tipifica
las causas graves por las cuales podrán ser removidas las personas que ocupen las
consejerías electorales de los organismos públicos locales electorales; entre las
cuales, destaca para lo que nos ocupa en estos momentos, el inciso d) Realizar,
nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las responsabilidades
correspondientes” .
Sucedió que el 17 de julio de 2025, 5 Consejerías de 7 del Consejo General del IEM
votarona favordelnombramientodeunapersona encargadadel despachodelórgano
interno de control del propio IEM, que por disposición Constitucional local de
Michoacán yporlegislación local de la misma entidad, corresponde su nombramiento
al Congreso del Estado, precisamente en congruencia con el hecho de que es quien
fiscalizaalInstitutoElectoraldeMichoacánlosrecursosque recibeporpartedelEstado
deMichoacánparaoperaciónyfuncionamiento.
Por ello, cuando un ciudadano denunció el hecho, y luego del procedimiento
correspondiente, el Consejo General tomó el pasado 19 de junio, la resolución de
remoción de 4 de las 5 personas que votaron a favor del nombramiento de la
encargaduría del despacho, la quinta, renunció de manera previa, por lo que se
sobreseyólaremoción.
Aun cuandolas personas removidas se encuentran en su plenoderecho a presentar su
medio de defensa, en materia electoral no hay acciones suspensivas, por lo que el
Consejogeneral del INEaprobó el pasado22 deJuniola Convocatoriapara elproceso
de selección y designación de la presidencia y cuatro consejerías electorales del
Instituto Electoral de Michoacán. Misma que es visible, asi como los documentos
requeridosparaelregistro,enelmicrositiodelINEenInternet:
https://www.ine.mx/voto-y-elecciones/opl/convocatorias/tercera-convocatoria-202
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La fecha límite para la designación de la presidencia, que porcierto será exclusiva para
mujeres, así como de las 4 consejerías (por paridad) del IEM es para el 31 de agosto
próximo. El Portal de registro se encuentra habilitado desde las 18:00 horas del 22 de
junio,hasta las 18:00 horas del 28 de junio, con elpropósitodedisponer de los formatos
ydemásdocumentaciónnecesaria.
Cabe también precisar que, de conformidad con la legislación, los cargos de consejera
presidentaydosconsejeríaselectoralesseráporunperiodode sieteaños,asícomodos
consejeríaselectorales,paraconcluirelencargoel30 deseptiembrede2031.
El sistema de registro de aspirantes, para que las personas aspirantes carguen los
formatosyladocumentaciónrequeridaesdeldel22alas18:00del29dejuniopróximo.
La publicación de la lista del sistema de registro de aspirantes que cumplen los
requisitoslegalesseráamástardarel1de junio.
Habrá un examen de conocimientos, cuya aplicación será el 4 de julio, para ello, se
encuentrapublicadoenelportalantesreferido,laguíadeestudioscorrespondiente.
Lapublicaciónde resultadosdelexamen seráamástardarel7 de julio, asimismoel11
de julio se llevará a caboel cotejo documental, el 18 de juliola aplicación de un ensayo,
de manera que los resultados del ensayo serán el 24 de julio. En seguida se llevará a
cabo el 1 de agosto la prueba de competencias gerenciales, cuyos resultados se
publicarán a más tardar el 17 de agosto. También habrá una fase de entrevistas cuyo
periodoseráenelmesdeagosto.
ElCenevalparticipará enelexamendeconocimientos,mientrasque,enlaaplicacióny
dictaminación del Ensayo, estará a cargo del Colegio de México, A.C., en tanto que la
prueba de competencias gerenciales, su aplicación y evaluación estará a cargo de la
Unidad de Evaluación Psicológica Iztacala de la Facultad de Estudios Superiores
IztacaladelaUniversidadNacionalAutónomadeMéxico.
Los resultados del Ensayo se publicarán en los estrados de la Junta Local y Juntas
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