En su edición vespertina del pasado 4 de agosto, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto por el que se crea la ComisiónPresidencial para la reforma Electoral,
cuyo Decreto estará vigente desde el pasado5de agostohastael30de septiembrede
2030,pudiendodisolverse en el momentoen que lapersona Titularde laPresidencia de
laRepúblicadetermine sudisolución.
Tendrá como objeto: Convocar al pueblo a expresarse sobre la reforma electoral
conveniente para México y realizar estudios sobre el mismo tema; Llevar a cabo los
análisis necesarios y elaborar propuestas sobre la reforma electoral; constituir los
grupos de trabajoque considere necesarios para el cumplimientode sus funciones; así
comoelaborarsureglamentointerno.
Se integra por una Presidencia Ejecutiva de la Comisión designada directamenteporla
Presidencia de la República; además de la Secretaria de Gobernación, la Agencia de
Transformación Digital y Telecomunicaciones; Consejería Jurídica del Ejecutivo
federal, Oficina de la Presidencia de la República, Coordinación de Asesores del
Presidente de la oficina de la Presidencia de la República, y Coordinación General de
PolíticayGobiernode laOficinade laPresidenciade laRepública.
Dicha Comisión podrá invitar a representantes de dependencias, entidades,
instituciones públicas o privadas de los tres órdenes de gobierno, organismos
autónomos, academia y sociedad civil quienes participarán conderechoa voz,perosin
voto.
En principio, la conformación de dicha comisión transparenta la construcción de una
iniciativa de reforma constitucional o legal en materia electoral, lo cual está
perfectamente alineado con las atribuciones legales que tiene la Presidencia de la
República, inclusive la ausencia de autoridadeselectorales, ensuconformación,perosi
en su invitación como órganos autónomos; está también alineada con el respeto a la
autonomía.
Sin embargo, en la historia del últimomedio siglode reformas electorales, es la primera
vez que no veo un esfuerzo por construir un consenso en las reglas del juego con los
principales actores de un modelo electoral: los partidos políticos. De cualquierforma,
solo se trata de la construcción de una iniciativa, que deberá seguir el procedimiento
legislativoestablecidoenlaConstitución.
En estas colaboraciones he sostenido la pertenencia de una reforma electoral para
corregir diferentes aspectos del impacto electoral de la reforma judicial; sin embargo,
es importante subrayar la importancia del consenso entre los partidos políticos ante
cualquiertipodereformaelectoral.
Tambiéna lolargodeltiempohe sostenidoquesihayunamateriaque es de interésde la
ciudadanía, es precisamente la materia electoral; por lo que todo esfuerzo por ser
inclusivo, en la ruta de la ampliación de derechos y de construcción de regles
electoralesqueseanreflejodelapluralidaddelpaís,esbienvenida.
Será valioso que la Comisiónconsidere con seriedad los datos,hechos, consecuencias
yproblemáticasdecadaunade laspropuestas.
Mepreocupan las descalificaciones a priori,queme recuerdan algunos maestros demi
facultad de ciencias políticas y sociales de la UNAM, que narraban como un triunfo
excluir aalgunas personas porsu pasado. Es decir, hacer prevalecerladescalificación
de la persona por encima de la valoración de un argumento me parece muy peligroso
paralademocracia.
Por ello, esperoque el respeto entre las partes, lavaloración objetivade lainformación
disponible,laconfrontaciónseriadelosargumentosdivergentes,permitantranscurrira
unareformaelectoralqueunaalpaísy no que la divida más.
a propuesta busca armonizar la legislación estatal con criterios de la Suprema Corte y legislaciones de entidades como Aguascalientes, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora.
El Pleno del Congreso del Estado, designó a Adriana Contreras Figueroa y a Juana Bravo Lázaro, como recipiendarias de la Condecoración: “La Mujer Michoacana” 2026.