Luego de que esta mañana la Procuraduría General de Justicia del Estado enviara al juzgado segundo penal de Morelia, con sede en el Centro de Readaptación Social “Lic. David Franco Rodríguez”, el pla
07:12 PM 14/05/2012
Morelia, Michoacán, 14 de mayo de 2012. Luego de que esta mañana la Procuraduría General de Justicia del Estado enviara al juzgado segundo penal de Morelia, con sede en el Centro de Readaptación Social “Lic. David Franco Rodríguez”, el planteamiento de desistimiento de la acción penal de la causa 90/2012-I, referida a los 10 estudiantes formalmente presos desde el pasado 6 de mayo por el delito de “daño en las cosas”, la titular de este órgano jurisdiccional, Amalia Herrera Arroyo, determinó decretar sobreseimiento por extinción de la acción penal.
Es importante señalar que el sobreseimiento es una resolución que tiene efecto de sentencia absolutoria con valor de cosa juzgada y es resultado del desistimiento de la acción penal, el cual –por su parte- está previsto constitucionalmente, sólo puede ejercerla el Ministerio Público a través Procurador General de Justicia del Estado y tiene como consecuencia la extinción de la acción penal.
El sobreseimiento tiene como efecto jurídico la libertad inmediata de las 10 personas.
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