75 Legislatura toma protesta al Cabildo de Irimbo

Tendrá vigencia en tanto se celebran elecciones extraordinarias en ese municipio.
10:52 AM 01/09/2024


Morelia, Michoacán, a 31 de agosto de 2024.- El Pleno de la 75 Legislatura tomó protesta al presidente, síndico y regidores del ayuntamiento de Irimbo, que fueron nombrados tras la nulidad de la elección del pasado 2 de junio, decretada por el Tribunal Electoral de Michoacán.

En sesión Extraordinaria, las y los diputados votaron a favor del dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, en coordinación con la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, mediante el cual se designaron a los integrantes del Ayuntamiento de Irimbo, Michoacán.

Frente a la nulidad de la elección, tocó al Congreso del Estado designar a las personas que han de integrar el ayuntamiento de Irimbo, Michoacán, toda vez que no existen autoridades electas para ese municipio, en virtud de la nulidad de la elección que decreto la Sala Regional del TEEM, y el que la autoridad actual termina su periodo el día de hoy, 31 de agosto de 2024.

Ante el Pleno del Poder Legislativo, quedó de manifiesto que los nombramientos se determinaron luego de las propuestas de la ciudadanía, así como de los diferentes actores políticos; y en atención a las necesidades y condiciones actuales del municipio de Irimbo.

El Cabildo de Irimbo, Michoacán, quedó integrado por Miguel Ángel Andrade Ruíz, como presidente municipal; Consuelo Alanís Ruiz, síndica propietaria; mientras que, como regidores propietarios, rindieron protesta: José Víctor García Gómez, Irene Trejo Apón, José Alejandro Pérez Gasquez, Paola Guerrero García, Roberto Moreno Zamudio, Sabina Gómez Rodríguez y Adrián Soto Meza.

Por otra parte, Yuliana Alanís Alaníz, José Carmen Nieves Cruz, María de los Ángeles Hernández Gutiérrez, Roberto Pérez Cosío, Brenda García Reyes, Fernando Sánchez Romero, Fátima Ruiz García y Serafín Hernández Hernández, son los regidores suplentes.

De acuerdo con lo establecido en el dictamen, los nuevos integrantes del ayuntamiento de Irimbo cumplen con los requisitos de elegibilidad que para el cargo establece el artículo 119 de la Constitución Política del Estado Libre de Michoacán de Ocampo.

Ello, toda vez que no existe una fecha exacta para la expedición de la convocatoria para celebrar elecciones extraordinarias por parte del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) en dicho municipio, por lo que los integrantes designados por el Congreso del Estado durarán en su encargo hasta en tanto quede firme la elección extraordinaria obligada por la Ley Electoral.


El Diario Visión
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