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Warning: getimagesize(fotos/mini/10198.jpg): failed to open stream: No such file or directory in /home2/diariov/public_html/noticia.php on line 23 Inauguran la sala de ex Secretarios Generales del SPUM
Fue presentado un video en el que se presentan testimoniales de los secretarios generales, donde se relata la historia y luchas que emprendido el sindicato académico.
06:42 PM 13/02/2012
Morelia, Mich., 13 de febrero de 2012.- El rector de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Salvador Jara Guerrero y el secretario general del Sindicato de Profesores de la misma institución (SPUM), Erasmo Cadenas Calderón, inauguraron la sala en la que exhiben pinturas al óleo de quienes han sido dirigentes de dicha organización desde 1976 a la fecha.
Asimismo, fue presentado un video en el que se presentan testimoniales de los secretarios generales, donde se relata la historia y luchas que emprendido el sindicato académico.
En la sede de la casa de Educación Sindical del SPUM, el rector y dirigente sindical develaron las pinturas al óleo y posteriormente conocieron el documental videográfico histórico, con el que se busca dejar evidencia de la labor que ha venido realizando el sindicato a favor de los docentes Nicolaitas.
Asistieron a la ceremonia la mayoría de los ex secretarios generales del SPUM, así como los integrantes del actual Comité Ejecutivo General, y por parte de la autoridad central acompañaron al rector el secretario Administrativo, Carlos Salvador Rodríguez y el director de Planeación Universitaria, Salvador García Espinoza.
La propuesta presentada por los diputados Itzé Camacho Zapiain y Juan Carlos Barragán Vélez, fue dictaminada por las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, de Hacienda y Deuda Pública y de Fortalecimiento Municipal y Límites.
Con la aprobación de la reforma a la Ley para la Atención de la Violencia Escolar, la 76 Legislatura fortaleció los mecanismos institucionales para atender, prevenir y erradicar la violencia escolar en entornos digitales.
Con esta reforma se suprime el requisito de ratificación en los artículos 88 y 94, con el fin de armonizar la legislación estatal con los principios de simplificación procedimental, acceso efectivo a la justicia y protección reforzada de grupos.