El dictamen presentado por los integrantes de la Comisión de Turismo, José Guadalupe Aguilera, Alma Mireya González, Rosalía Miranda y Juan Pablo Puebla, destaca que Michoacán posee una extens
05:25 PM 29/08/2018
Morelia; Michoacán, 29 de agosto de 2018.- En sesión extraordinaria, el Congreso local aprobó reformas a la Ley de Turismo, para incluir la definición de Turismo Religioso en la norma estatal.
El dictamen presentado por los integrantes de la Comisión de Turismo, José Guadalupe Aguilera, Alma Mireya González, Rosalía Miranda y Juan Pablo Puebla, destaca que Michoacán posee una extensa memoria religiosa que se traduce en patrimonio cultural tanto material como inmaterial, que es necesario promover para detonar el desarrollo económico de la Entidad.
En ese sentido, la reforma adiciona el Capítulo VI al Título VIII, así como el artículo 110 Bis a la Ley de Turismo en el Estado, para integrar la figura de turismo religioso, definida como una actividad turística que con independencia de motivaciones espirituales se realiza para visitar sitios que por su valor histórico o cultural asociado con alguna religión.
Asimismo, define las funciones de la Secretaría de Turismo, para promover la celebración de convenios de colaboración con las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, así como con el sector privado.
De igual forma, en coordinación con las instancias gubernamentales de los tres niveles de gobierno, así como con la iniciativa privada, deberá fomentar la promoción del turismo religioso a través de programas y convenios.
También le corresponderá formular y aplicar una política estatal en la materia que considere la preservación de los recursos culturales religiosos, la elaboración de programas para la promoción y difusión de los sitios religiosos existentes, así como de las festividades religiosas que se celebran en los municipios.
Además deberá promover y vigilar que se brinde una atención adecuada, a los peregrinos y turistas, que acudan a los sitios religiosos o alguna festividad religiosa.
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