IMSS puede pagar atención médica en el extranjero

Ministros determinan que no hay ningún impedimento legal para que el IMSS atienda las solicitudes de subrogación de gastos para recibir atención médica en el extranjero
10:26 AM 14/04/2016


CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 13, 2016.- Los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social pueden solicitar apoyo del instituto para recibir atención médica en el extranjero.

En votación unánime los ministros de la Segunda Sala de la Corte determinaron que no existe ningún impedimento legal para que el Instituto atienda las solicitudes de subrogación de gastos para recibir atención médica en el extranjero.

El tema fue revisado por la Corte, luego de que un menor de edad con insuficiencia renal crónica solicitara a los ministros un amparo para que el IMSS atendiera su solicitud.

Se trata de un joven, que de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, fue víctima de mala atención médica del IMSS en Baja California desde su nacimiento, lo que le produjo una acelerada pérdida irreversible de la función renal.

El IMSS recibió una recomendación de la CNDH por este caso y decidió otorgar al menor atención médica vitalicia.

Sin embargo, ahora el joven pide que lo apoyen con el pago de la atención médica que necesita en un hospital de Estados Unidos.

Inicialmente el Instituto no respondió la solicitud, pero cuando los padres del menor interpusieron un amparo, el IMSS argumentó estar legalmente impedido para brindar el apoyo económico necesario.

Este miércoles, los ministros de la Segunda Sala resolvieron el caso y determinaron que la Ley del Seguro Social le da facultad al Instituto para realizar convenios con entidades e instituciones extranjeras a fin de garantizar sus deberes, proporcionar servicios de calidad y expandir la cobertura conforme a las necesidades de la población derechohabiente o beneficiaria.

Señalaron que en el caso de este menor, será el Consejo Técnico del IMSS el que decida si se brinda el apoyo solicitado, tomando en cuenta los siguientes lineamientos:

-La decisión deberá lograr la plena restitución del derecho humano del menor a gozar del nivel más alto posible de salud física y mental.

-Si el IMSS no cuenta con los recursos para apoyar al menor deberá entregar los documentos que lo acrediten y demostrar que hizo todo lo posible para brindarle la mejor atención posible.

-Finalmente, el Consejo deberá colocar el interés del menor por encima de cualquier otro interés para garantizar que cuente con una vida digna.

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