Además estableció que no se les debe imponer un régimen sustitutivo de la voluntad, para que actúen por conducto de un representante en el ejercicio de sus derechos, impidiendo que adopten sus propias decisiones.
02:05 PM 22/04/2026
Morelia,Michoacán, a 22 de abril de 2026.La Primera Sala Colegiada Civil de la Región Morelia resolvió que
bajo ninguna circunstancia se debe negar a las personas con discapacidad el reconocimiento de su
persona como sujetos de derechos y ni su igualdad ante le ley, además estableció que no se les debe
imponer un régimen sustitutivo de la voluntad, para que actúen por conducto de un representante en el
ejercicio de sus derechos, impidiendo que adopten sus propias decisiones.
El casose originóa partirdeun juicio dedivorciosin expresión de causa,en el que una mujer solicitó,por
su propio derecho y en representación de su hijo — quien tiene discapacidad y entonces era menor de
edad— ,elpagodeunapensión alimenticia.
Durante el proceso, el hijo alcanzó la mayoría de edad. En una primera resolución, se determinó que,
debido a su condición — parálisis cerebral infantil que le impide comunicarse verbalmente— , lo más
conveniente era que su madre tomara decisiones por él, incluyendo aquellas relacionadas con su vida
personalyelcobrodelapensiónalimenticia.
Sin embargo, al revisar el caso en apelación, el proyecto presentado por la Tercera Magistratura de la
Primera SalaColegiadaCivilRegión Moreliaconsideróqueesta decisión no garantizaba plenamente sus
derechos,porello, altratarsedeuna personaen situacióndevulnerabilidad, dejósinefectos la resolución
anterioryordenóreponerelprocedimiento.
Así, la Sala instruyó a la jueza de primera instancia recabar más pruebas para determinar si la persona
cuenta con algún nivel de autonomía y con formas alternativas de comunicación. Esto permitirá que
pueda participar directamente en el juicio, expresar su voluntad y decidir, por ejemplo, con quién desea
viviryquiéndeseaquelebrindeapoyoensusactividadescotidianas yenlaadministracióndesusbienes.
Con este tipo de resoluciones, las y los juzgadores del Poder Judicial de Michoacán refrendan su
compromiso de garantizar a las personas con discapacidad su derecho de acceso a la justicia, debido
proceso y audiencia; a expresar su opinión sobre su propia situación jurídica y recibir únicamente los
apoyosnecesarios para ejercer susderechos, sin que se les niegue su capacidad jurídica ni se sustituya
suvoluntad
Así lo informó el secretario de Gobierno, Raúl Zepeda Villaseñor, quien señaló que la administración estatal ya revisa las circunstancias en las que se desarrolló el evento, particularmente la interpretación de un tema musical.