Erendira Isauro celebra aprobación de reforma “no deuda” impulsada por el gobernador Bedolla

La diputada Erendira Isauro Hernández celebró la aprobación de la reforma constitucional conocida como “no deuda” y afirmó que se trata de una decisión histórica para proteger el futuro financiero de Michoacán.
10:42 AM 14/02/2026


Morelia, Michoacán, a 13 de febrero del 2026.- La diputada Erendira Isauro Hernández celebró la aprobación de la reforma constitucional conocida como “no deuda” y afirmó que se trata de una decisión histórica para proteger el futuro financiero de Michoacán, al tiempo que reconoció que fue el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla quien impulsó esta medida.

“Hoy damos un paso firme para garantizar que nunca más se hipoteque el futuro de las y los michoacanos. Esta reforma fortalece la responsabilidad en el manejo de los recursos públicos”, expresó.

Erendira Isauro destacó que la iniciativa fue promovida por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla como parte de un modelo de disciplina financiera. “Reconocemos la visión del gobernador al impulsar esta reforma que pone orden y da certeza a las finanzas públicas. Es un mensaje claro de que en Michoacán se gobierna con responsabilidad”, sostuvo.

Con 33 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó la modificación al artículo 44, fracción XII de la Constitución local, incorporando principios de responsabilidad hacendaria y estableciendo límites a la contratación de deuda pública.

El dictamen adiciona dos párrafos. El primero establece que “La contratación de deuda pública por parte del Poder Ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos deberá realizarse bajo los principios de responsabilidad hacendaria, sostenibilidad financiera y transparencia”.

El segundo, ajustado durante la sesión, quedó dirigido exclusivamente al Ejecutivo estatal y señala que “en el caso del Poder Ejecutivo del Estado, queda prohibida la contratación de deuda pública de largo plazo que exceda la duración de la administración en curso”.

En los artículos transitorios se establece que el decreto será remitido a los ayuntamientos y concejos municipales para su votación y que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.


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