No más contratación de deuda pública a largo plazo por parte de gobiernos: 76 Legislatura

El Congreso del Estado prohibió constitucionalmente que el Poder Ejecutivo contrate deuda pública que exceda de la duración de su administración; mientras que los Ayuntamientos quedan exentos de dicha adecuación.
03:18 PM 13/02/2026


Morelia, Michoacán; a 12 de febrero de 2026.- El Congreso del Estado prohibió constitucionalmente que el Poder Ejecutivo contrate deuda pública que exceda de la duración de su administración; mientras que los Ayuntamientos quedan exentos de dicha adecuación.

Lo anterior, luego que las y los integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar el artículo 44 la Constitución Política del Estado, en su fracción XII respecto a las facultades del Congreso del Estado y en particular en el tema de las bases para que Ejecutivo y Ayuntamientos contraten deuda, la cual deberá realizarse bajo los principios de responsabilidad hacendaria, sostenibilidad financiera y transparencia.

Fue mediante una reserva al segundo párrafo adicionado que se estableció que en el caso del Poder Ejecutivo del Estado queda prohibida la contratación de deuda pública a largo plazo que exceda de la duración de la administración en curso.

“Al elevar la responsabilidad hacendaria y la sostenibilidad a rango constitucional, se restringe la capacidad de comprometer participaciones futuras, asegurando que las obligaciones financieras sean liquidadas por la misma administración que decidió contratarlas, evitando así el traslado de pasivos a gobiernos sucesores”, precisa el decreto avalado por 33 votos.

Es así como la Septuagésima Sexta Legislatura abona a garantizar finanzas sanas para el Estado a largo plazo mediante la eliminación del sobreendeudamiento; al prohibir que la deuda trascienda el periodo administrativo, se fuerza una planeación presupuestaria más eficiente y honesta, donde la inversión pública se financie con recursos propios o créditos de corto plazo que se paguen en el mismo ejercicio.

Por ello, la reforma asegura la consistencia y la interrelación automática de las finanzas estatales, evitando que los pasivos sobrevivan a la existencia legal y económica de los activos que los originaron, esto protege la soberanía financiera de las próximas administraciones y asegura que el crédito sea una herramienta de desarrollo inmediato y no una carga hereditaria para la ciudadanía.

La nueva adecuación constitucional será remitida a los Ayuntamientos, Concejos Municipales del Estado de Michoacán, para que emitan el resultado de su votación y, el Congreso del Estado, tendrá un plazo no mayor a ciento ochenta días, para armonizar el marco estatal.


El Diario Visión
COMENTARIOS
Abraham Espinoza propone identificar con color los asientos preferentes en el transporte público
⁠La propuesta conserva la obligación de destinar al menos el veinte por ciento de los asientos de cada unidad al uso preferente de estos grupos.
Menor carga burocrática en procesos de cancelación de gravámenes, el objetivo: 76 Legislatura
La 76 Legislatura adicionó el artículo 2051 bis del Código Civil, los artículos 30, 38, 57 y 59 de la Ley de la Función Registral y Catastral ambos del Estado de Michoacán.
Gobierno estatal se alista junto con comunidades de la zona lacustre para la Noche de Muertos
Se firmó un acuerdo de cooperación para respetar la festividad.
Toño Carreño plantea reformas a Ley de Salud para atención de lupus y otras enfermedades autoinmunes
El diputado Toño Carreño Sosa, presentó una iniciativa de reforma a la ley de Salud de Michoacán, para la atención, detección y creación de un padrón estatal de personas afectadas por el lupus y otras enfermedades autoinmunes.
UMSNH continúa recorriendo los municipios michoacanos con las Ferias del Bienestar
Personal nicolaita visitó este jueves la isla de Urandén de Morelos como parte de la estrategia del Plan Michoacán por la Paz y la Justicia.
Derechos Reservados "El Diario Visión"