Enfoque Electoral

Credencialización para personas privadas de la libertad.
09:17 AM 25/09/2025


Enfoque Electoral

Credencialización para personas privadas de la libertad.

David Alejandro Delgado Arroyo

Uno de los aspectos que más se ha enriquecido en el derecho electoral mexicano, ya sea
por la vía de reformas electorales, o bien,porla víajurisdiccional, es laampliaciónde los
derechospolíticoelectorales.
En esta línea se encuentra, por efectos de sentencias del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, el voto de las personas en prisión preventiva, cuya
implementaciónen losúltimosprocesos electorales ha visibilizadolanecesidad de la
credencializacióna estegrupo de personas,misma que ha sidotambién ordenada por
lavíajurisdiccional,enelexpedienteSUP-REC-342/2023.
Endicha resolución, la Sala Superior del máximo Tribunal Electoral en elpaís reconoció
que la Credencial para Votar, aunque surgió como instrumento para el ejercicio del
sufragio, ha sido ampliamente aceptada como medio oficial de identificación, al
contenerdatos que permiten acreditar a la persona ante terceros,tales comonombre,
fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio, huella, firma y fotografía. Por ello, la
autoridad electoraltambiénseha constituidoen garantedelderechoalaidentificación,
atravésdelaexpedicióndelacredencialparavotar.
Asimismo, en dicha sentencia, se resaltóque la faltadeundocumentode identificación
agrava la condición de vulnerabilidad de las personas privadas de la libertad,
colocándolas en unasituación de “limbojurídico” queobstaculiza el plenoejercicio
de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En congruencia
con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado
mexicano tiene la obligación de implementar mecanismos de identificación que
permitan a toda persona obtener documentos de identificación, asegurando que éstos
sean accesibles jurídica y geográficamente, como garantía sustancial del derecho al
reconocimientodelapersonalidadjurídica.
Porloanterior, el ConsejoGeneraldelInstitutoNacionalElectoralprobóel pasado28 de
agosto los Lineamientos para la credencialización de las Personas Privadas de la
Libertad.
En dichos lineamientos se dispone que las solicitudes de trámites registrales que
presentan las Personas privadas de la Libertad ante las oficinas del INE, trátese de
Personas en Prisión preventiva o Personas con sentencia condenatoria, únicamente
podrán ser gestionadas para personas localizadas en Centros Penitenciarios que
cuentenconunConveniodeColaboraciónvigenteformalizadoconelInstitutoNacional
Electoral.
Demaneraque este seráotrodelosretos que tendrán losórganos desconcentradosdel
INE,unavezque seformalicenlosconvenioscorrespondientes.
Las personas privadas de su libertad que soliciten voluntariamente su inscripción o
actualizaciónen elPadrón Electoral deberán presentarlos mismos 3 documentosque
se solicitan a toda persona ciudadana que realiza dichos trámites: Comprobante de
nacionalidadmexicana(actadenacimientoocartadenaturalización),comprobantede
domicilioe identificaciónconfotografía.
Pero de manera especial para este grupo se le requerirá un formato de solicitud de
expedición de credencial y manifestación deEnlace,oescritolibre enelque conste su
manifestación libre de obtener su Credencial para Votar y el nombre de la persona
Enlace,firmadoporlapersonaprivadade lalibertad.
LapersonaEnlaceesaquellaquepodráapoyaralaspersonasprivadasde sulibertaden
lasolicitudygestióndetrámitede laCredencialparaVotarconfotografía.
Ahora bien, sensibles de que una persona privada de la libertad podría tener serias
dificultadesparareunirloscomprobantesrequeridos, losLineamientosestablecenuna
seriedefacilidades, comolasque seestablecenenseguida.
Con elfin de contarcon el Acta de Nacimientocomounode losdocumentosrequeridos
para obtenerla Credencial para Votar, el Institutocelebrará con el RegistroNacional de
Población e Identidad el o los Convenios de apoyo y Colaboración con el objeto de
facilitar la obtención de ese documento de identidad para realizar el proceso de
credencializacióndelaspersonasprivadasdelalibertad.
En el caso de que la Persona privada de la Libertad no cuente con un comprobante de
domicilio podrá optar por que se registre la dirección del Centro Penitenciario o la
entidad federativa y municipiodenacimiento. En caso de contar con un registro previo,
podrásolicitarquesemantengaeldomicilioregistrado.
Las personas privadas de la libertad que no cuenten con una identificación con
fotografía podrán identificarse con alguna de sus huellas dactilares o mediante la
identificación por sufotografía,productode la búsqueda e identificaciónenlabasede
datosnacionaldelPadrónElectoral.
Por otro lado, recibida la solicitud de trámite o un escrito libre en el mismo sentido,
mediante la persona Enlace, la Vocalía del registro Federal de Electores
correspondiente efectuará la validación de la documentación recibida, para que en
caso de acreditar los requisitos se coordine con las autoridades del centro
penitenciario, en términos del Convenio suscrito, programar la fecha y horario para la
realización del trámite al interior del centro de reclusión, a donde se constituirá un
MódulodeAtenciónCiudadanaitinerante.
Ahora bien, la Credencial expedida para las personas privadas de la libertad tendrá dos
modalidades, una para las personas en prisión preventiva, podrá ser utilizada para el
ejercicio de sus derechos político electorales y como identificación; pero para las
personas con sentencia condenatoria se generará la Credencial para Votar que solo
podráserutilizadacomoidentificación, los registrossemantendránen labasededatos
del Padrón Electoral, con elestatus: “suspendido de sus derechos político electorales
ycredencialválidasóloparaefectosde identificación” .
Laentregade lacredencialdeberáefectuarsedemaneradirectay personalal titular, sin
embargo,dadas las condiciones particulares de esta población privada de su libertad,
seprevéqueunavezentregada,lapersonatitularpuedasolicitaralINEsuresguardopor
hasta10años,estoes,poreltiempode lavigenciadelapropiacredencial.
Ensuma, los lineamientosrepresentanunpasoimportantequeda elInstitutopara que
laspersonasprivadasde la libertad participenen la vida pública delpaísycuenten con
unelementoútilparasuidentificaciónysureinserciónunavezque salganenlibertad


El Diario Visión
COMENTARIOS
Propone Tere Herrera una justicia más humana e incluyente para niñas, niños y adolescentes
Indispensable garantizar la participación segura, accesible y libre de revictimización de menores de edad en los procesos judiciales.
Michoacán listo para enfrentar lluvias y ciclones; PC cuenta con 256 refugios temporales
Ante el inicio de la temporada de lluvias y ciclones tropicales, el Gobierno de Michoacán informó que mantiene una red de 256 refugios temporales distribuidos en todo el estado para proteger a las familias.
Qué ideales traerá el relevo morenista?
Al ver tanto entusiasmo, angustia, desesperación y determinación de quienes se forman en las filas del relevo morenista rumbo a las elecciones ya casi en puerta, los electores se preguntarán: ¿y ahora qué ideales nuevos traerán para mejorar la vida.
Goles y autogoles del mundial
En el futbol prevalece el interés del negocio por encima de los valores que hicieron de este deporte el más popular del mundo, es un aspecto crítico para mirar en el Mundial de Norteamérica 2026.
José Herrera Camacho, nuevo Director del IIAF; Yarabí Ávila le toma protesta
El recién electo titular de la dependencia estará al frente por el periodo 2026-2030, tras la sesión del Consejo Universitario.
Derechos Reservados "El Diario Visión"