Consistente en la difusión del Primer Informe de Labores, fuera de los plazos establecidos en el artículo 242 párrafo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
08:26 AM 31/01/2024
Morelia, Mich.- El Tribunal Electoral del Estado declaró la existencia de las infracciones atribuidas al Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán y a la Titular de la Coordinación de Comunicación Social del Despacho del Gobernador, consistente en la difusión del Primer Informe de Labores, fuera de los plazos establecidos en el artículo 242 párrafo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Yurisha Andrade Morales, Magistrada Presidenta, las Magistradas Alma Rosa Bahena Villalobos y Yolanda Camacho Ochoa, así como el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, en sesión pública del Pleno del TEEM resolvieron lo anterior, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-JE-1516/2023, luego de analizar el Proyecto de Sentencia del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-022/2023.
En consecuencia, y al no tener el TEEM facultades para sancionar a los infractores, se ordenó dar vista al Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo y a la Secretaría de Contraloría del Estado de Michoacán, a efecto de que realicen las acciones conducentes como autoridades competentes, así como hacer del conocimiento de la Sala Superior del TEPJF del dictado de la sentencia.
De acuerdo con los primeros reportes, un elemento de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), adscrito al arma blindada, habría intentado abandonar las instalaciones portando su arma de cargo.
Remarcó que su propuesta busca establecer límites precisos a la remisión de vehículos al depósito, prohibiendo que los reglamentos estatales y municipales operen al margen de la norma general y dejando atrás un sistema permisivo con los abusos.