El Instituto Electoral de Michoacán, mediante acuerdo IEM-CG-96/2023 aprobó la postulación mediante acción afirmativa de candidaturas de personas migrantes.
01:24 PM 09/01/2024
Morelia, Mich. El Instituto Electoral de Michoacán, mediante acuerdo IEM-CG-96/2023 aprobó la postulación mediante acción afirmativa de candidaturas de personas migrantes, en los siguientes términos:
Candidaturas de personas migrantes en Diputaciones
Los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes deberán postular al menos una fórmula integrada por personas migrantes a la candidatura de diputación por el principio de mayoría relativa o bien, al menos una fórmula a la candidatura por la vía de representación proporcional, la cual deberá estar ubicada dentro de los seis primeros lugares de prelación en la lista correspondiente.
Candidaturas de las personas migrantes en Ayuntamientos
Los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes deberán postular en 16 Ayuntamientos, al menos una fórmula integrada por personas migrantes a la candidatura de presidencia o sindicatura, o bien en alguna de las dos primeras regidurías, preferentemente en los municipios con muy alto grado de intensidad migratoria, los cuales son los siguientes:
Alvaro Obregón, Angamacutiro, Coeneo, Copándaro, Cotija, Chavinda, Chucándiro, Churintzio, Epitacio Huerta, Huaniqueo, Morelos, Pajacuarán, Panindícuaro, Santa Ana Maya, Tzitzio y Villamar.
Requisitos para acreditar la autoadscripción:
1. Acreditar la residencia binacional. Se entenderá como residencia binacional, a la condición que asume una persona para tener simultáneamente domicilio en el extranjero durante al menos dos años previos al día de la elección y, al mismo tiempo domicilio en el territorio del Estado de Michoacán, durante al menos dos años previos al día de la elección, en el que mantenga casa, familia e intereses.
La residencia binacional se acreditará cuando menos con un documento emitido en el extranjero y otro en el Estado, siendo los siguientes:
a. Comprobante original de domicilio en el extranjero.
b. Comprobante original de domicilio en territorio del Estado en tratándose de la postulación a candidatura de diputación; o comprobante original de domicilio del municipio que corresponda en tratándose de candidatura a integración de ayuntamiento.
c. Copia de la credencial para votar con fotografía emitida por el INE en el extranjero.
d. Copia de la credencial para votar por fotografía emitida por el INE en territorio nacional.
e. Copia del certificado de matrícula consular.
f. Copia de licencia de manejo emitida en el extranjero.
g. Copia del carnet de servicios de salud en el extranjero.
h. Comprobante de pago de impuestos en el extranjero.
i. Copia de la visa de trabajo o de negocios.
j. Copia de cédula de identificación del país en que resida.
2. Acreditar la calidad o condición de migrante, con alguno de los siguientes documentos:
a. Copia de la credencial para votar emitida por el INE en el extranjero.
b. Copia de la inscripción a la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.
c. Copia del certificado de matrícula consular.
d. Copia de la licencia de manejo emitida en el extranjero.
e. Copia del carnet de servicios de salud en el extranjero.
f. Comprobante de pago de impuestos en el extranjero.
g. Copia de la visa de trabajo o de negocios.
h. Copia de la cédula de identificación del país en que resida.
3. Podrán aportar documentos o constancias que acrediten el vínculo con la comunidad migrante, mediante alguna de las siguientes acciones:
a. Haber impulsado la expedición de leyes y/o promovido la defensa de los derechos de los migrantes.
b. Tener membresía activa en clubes o asociaciones de migrantes o haber realizado acciones de promoción de actividades o proyectos comunitarios o culturales entre la comunidad migrante sin pertenecer a alguna organización de carácter migrante, ya sea en el extranjero o en territorio nacional.
Cabe señalar que el periodo para que las representaciones partidistas soliciten el registro de candidatos ante el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán son las siguientes:
• Ayuntamientos: del 21 de marzo al 4 de abril de 2024.
• Diputaciones de Mayoría Relativa: del 21 de marzo al 4 de abril de 2024.
• Diputaciones de Representación Proporcional: del 4 al 18 de abril de 2024.
Quedo a la orden para cualquier duda o situación.
Atentamente
Miryam Martínez Campos
Área Técnica de Vinculación con las y los Michoacanos en el Extranjero
Instituto Electoral de Michoacán
De acuerdo con los primeros reportes, un elemento de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), adscrito al arma blindada, habría intentado abandonar las instalaciones portando su arma de cargo.
Remarcó que su propuesta busca establecer límites precisos a la remisión de vehículos al depósito, prohibiendo que los reglamentos estatales y municipales operen al margen de la norma general y dejando atrás un sistema permisivo con los abusos.